TÍTULO I. Pensiones del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva · CAPÍTULO II. Revalorización de pensiones no concurrentes · Sección 1.ª Pensiones del sistema · Subsección 2.ª Complementos por mínimos
Artículo 5. Complementos por mínimos de las pensiones contributivas.
El importe de las pensiones no concurrentes, una vez revalorizadas, de acuerdo con lo dispuesto en la subsección anterior, se complementará, en su caso, en la cuantía necesaria para alcanzar las cuantías mínimas que se reflejan en el anexo.
Texto oficial de Real Decreto de Revalorización de las Pensiones (2021) (BOE-A-2021-1135). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Complementos por mínimos de las pensiones contributivas. — Real Decreto de Revalorización de las Pensiones (2021) · BOE Fácil