ANEXO. Documento técnico que desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados · CAPÍTULO V. Elementos de urbanización
Artículo 10. Condiciones generales de los elementos de urbanización.
1. Se consideran elementos de urbanización las piezas, partes y objetos reconocibles individualmente que componen el espacio público urbanizado y que materializan las previsiones de la ordenación urbanística vigente. Su diseño y colocación se ajustará a lo establecido en los artículos siguientes.
2. Los elementos de urbanización vinculados al cruce entre itinerarios peatonales e itinerarios vehiculares se desarrollan en el capítulo VI.
Texto oficial de Documento Técnico de Accesibilidad de los Espacios Públicos Urbanizados (BOE-A-2021-13488). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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