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orden · BOE-A-2021-17663

Orden TMA/1160/2021, de 8 de octubre, por la que se establece el marco para la celebración de acuerdos de entrega a los Ayuntamientos de vías urbanas de la red estatal

Estado
Vigente
Publicación
30/10/2021
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden TMA/1160/2021 establece un nuevo marco para los acuerdos de entrega a los Ayuntamientos de tramos de carreteras estatales que han adquirido la condición de vías urbanas, sustituyendo el sistema anterior de 2001 en el que los Ayuntamientos asumían las obras y su financiación. Ahora es el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana quien contrata y financia las obras de acondicionamiento, mejora y humanización antes de transferir la titularidad.

A quién afecta: Los Ayuntamientos en cuyo término municipal existan tramos de carreteras estatales con tráfico mayoritariamente urbano, y la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

  • El acuerdo puede iniciarse a propuesta del Ministerio o a solicitud del Ayuntamiento interesado (artículo 2).
  • El Ministerio contrata y financia las obras de acondicionamiento, mejora y humanización del tramo, no el Ayuntamiento como en el sistema anterior de 2001 (artículo 5.1).
  • No se financian actuaciones justificadas en la promoción de desarrollos urbanísticos o polígonos industriales; esas corresponden a sus promotores (artículo 3.2).
  • La transferencia de titularidad no es efectiva hasta que las obras se reciben de conformidad y el Ministro dicta la resolución correspondiente (artículo 4.2 y 7.1).
  • Una vez transferido, el tramo se excluye de la Red de Carreteras del Estado y de sus inventarios y catálogos (artículo 7.2).
¿Quién financia las obras de acondicionamiento antes de entregar un tramo de carretera al Ayuntamiento?

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que contrata y financia las obras con cargo a sus partidas presupuestarias, a diferencia del sistema anterior de 2001 en que el Ayuntamiento asumía esa financiación (artículo 5.1 de la Orden TMA/1160/2021).

¿Cuándo se transfiere realmente la titularidad del tramo al Ayuntamiento?

Una vez firmada el acta de recepción de las obras y dictada la resolución del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; hasta entonces la aceptación municipal del proyecto no implica transferencia efectiva (artículos 4.2 y 7.1).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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