Artículo 10. La persona designada como delegado de protección de datos.
La Vicesecretaría General Técnica ejercerá las funciones atribuidas a la Secretaría General Técnica en relación con sus competencias relativas al delegado de protección de datos, previstas en el artículo 39 Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, para el ámbito del Ministerio, excluyendo sus organismos públicos, que podrán nombrar otras delegaciones o delegados de protección de datos cuando sus necesidades específicas así lo requieran.
En el desempeño de sus tareas, la persona designada como delegado de protección de datos tendrá acceso a los datos personales y procesos de tratamiento.
Texto oficial de Orden UNI/1231/2021, de 5 de noviembre, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica y de protección de datos y se crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio de Universidades (BOE-A-2021-18486). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.