TÍTULO I. De la clasificación de los animales y de los bienes»
Artículo 2. Modificación de la Ley Hipotecaria, aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946.
Se introduce un nuevo apartado primero en el artículo 111 de la Ley Hipotecaria, aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946, en los términos siguientes, pasando el actual apartado primero a ser primero bis:
> «Primero. Los animales colocados o destinados en una finca dedicada a la explotación ganadera, industrial o de recreo.
> No cabe el pacto de extensión de la hipoteca a los animales de compañía.»
> <small>Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 313, de 30 de diciembre de 2021. [Ref. BOE-A-2021-20727](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-20727)</small>
Texto oficial de Ley del Régimen Jurídico de los Animales (BOE-A-2021-20727). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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