Eslovenia · *Reservas y notificaciones formuladas por la República de Eslovenia en el momento del depósito del instrumento de ratificación de conformidad con los artículos 28(5) y 29(1) del Convenio*
Artículo 26. Compatibilidad.
Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado:
A efectos de lo dispuesto en el artículo 26.1 del Convenio, la República de Eslovenia considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada conforme al artículo 26.4 y contiene una disposición que prevé remitir a arbitraje toda cuestión no resuelta que se derive de un procedimiento amistoso. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.
| Número del convenio en el listado | Otra jurisdicción contratante | Disposición |
| --- | --- | --- |
| 27 | República Italiana. | Artículo 26.5, 26.6 y 26.7, apartado 6 del Protocolo. |
| 39 | Reino de los Países Bajos. | Artículo 25.5. |
| 50 | Suiza. | Artículo 25.5. |
Texto oficial de Instrumento de ratificación del Convenio multilateral para aplicar las medidas relacionadas con los tratados fiscales para prevenir la erosión de las bases imponibles y el traslado de beneficios, hecho en París el 24 de noviembre de 2016 (BOE-A-2021-21097). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.