Constituyen los fondos o ingresos del Colegio:
a) La cuota de inscripción, la cuota ordinaria y las cuotas extraordinarias de los Agentes colegiados y colegiadas, en la cuantía y términos que sean acordados por la Junta General a propuesta de la Junta Directiva.
b) Los rendimientos, de cualquier naturaleza, que produzcan las actividades, ajenas o directas, que integren el patrimonio del Colegio, así como los rendimientos de los fondos depositados en sus cuentas.
c) Las donaciones y subvenciones que se concedan al Colegio.
Texto oficial de Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial (BOE-A-2021-3308). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 38. Recursos económicos. — Real Decreto 136/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial · BOE Fácil