TÍTULO XI. Régimen de responsabilidad de los profesionales de la Abogacía y de las sociedades profesionales · CAPÍTULO V. Régimen disciplinario aplicable a los colegiados no ejercientes
Artículo 140. Régimen aplicable a los colegiados no ejercientes.
Texto oficial de Estatuto General de la Abogacía Española (BOE-A-2021-4568). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
