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real decreto · BOE-A-2021-4568

Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española

Estado
Vigente
Publicación
24/3/2021
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Justicia

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto aprobó el Estatuto General de la Abogacía Española, que regula la organización colegial, los derechos y deberes de los profesionales de la Abogacía y el ejercicio de la profesión.

A quién afecta: Abogados y abogadas colegiados en España, y los Colegios y Consejos de la Abogacía.

  • La Abogacía es una profesión libre e independiente que asegura la efectividad del derecho fundamental de defensa y asistencia letrada.
  • La organización colegial se integra por el Consejo General de la Abogacía Española, los Consejos Autonómicos y los Colegios de la Abogacía.
  • Son profesionales de la Abogacía quienes, con título habilitante, están incorporados como ejercientes a un Colegio de la Abogacía.
  • El abogado o abogada puede ejercer ante cualquier clase de órganos jurisdiccionales y administrativos de España.
¿Qué corporaciones integran la organización colegial de la Abogacía según este Estatuto?

El Consejo General de la Abogacía Española, los Consejos Autonómicos y los Colegios de la Abogacía.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Estatuto General de la Abogacía Española · BOE Fácil