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TÍTULO II. Régimen del alumnado de los centros docentes de formación de la Guardia Civil · CAPÍTULO VII. Pérdida de la condición de alumno de la enseñanza de formación

Artículo 73. Situación de los alumnos que ingresen en otro centro docente.

Texto oficial de Centros Docentes de Formación de la Guardia Civil (BOE-A-2021-520). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 73. Situación de los alumnos que ingresen en otro centro docente. — Centros Docentes de Formación de la Guardia Civil · BOE Fácil