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real decreto · BOE-A-2021-7842

Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional

Estado
Vigente
Publicación
12/5/2021
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio del Interior

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

El Real Decreto 326/2021 aprueba un nuevo cuadro médico de exclusiones para el ingreso en la Escala Ejecutiva y la Escala Básica de la Policía Nacional, sustituyendo la Orden de 1988, y elimina como causa automática de exclusión enfermedades como el VIH, la diabetes, la psoriasis o la enfermedad celíaca, exigiendo una valoración clínica individual en vez del mero diagnóstico.

A quién afecta: Aspirantes a ingresar en la Policía Nacional (Escalas Ejecutiva y Básica) y alumnado de sus centros docentes, así como los órganos facultativos que valoran las pruebas médicas.

  • El artículo único aprueba el cuadro médico de exclusiones anexo, exigible en el proceso selectivo y también durante la fase de formación o el módulo de prácticas.
  • La disposición adicional única exige que la valoración de las condiciones psicofísicas se adapte a la evidencia científica vigente en cada convocatoria y quede sujeta a dictamen del órgano facultativo correspondiente.
  • El preámbulo explica que, conforme al Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, el VIH, la diabetes y la psoriasis solo son causa de exclusión si resultan incompatibles con la profesión policial, motivado individualmente por informe técnico, y que la enfermedad celíaca deja de ser causa de exclusión.
  • El preámbulo señala además la desaparición de otras causas de exclusión como la úlcera gastroduodenal, el asma bronquial o la jaqueca, y una definición más precisa de patologías antes descritas de forma genérica.
  • La disposición derogatoria deroga expresamente la Orden de 11 de enero de 1988 que regulaba hasta entonces el cuadro de exclusiones médicas para el ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía.
¿El VIH o la diabetes excluyen automáticamente a un aspirante a la Policía Nacional?

No: desde este Real Decreto, solo son causa de exclusión si resultan incompatibles con la profesión policial, motivándolo de forma individual mediante informe técnico del servicio médico, y nunca por el mero diagnóstico (preámbulo).

¿A qué procesos se aplica este cuadro médico de exclusiones?

Al ingreso en la Escala Ejecutiva (categoría Inspector) y en la Escala Básica (categoría Policía) de la Policía Nacional, y también durante la formación o el módulo de prácticas del alumnado (artículo único).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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