Disposición final primera. Modificación de la Orden AAA/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (Pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el Estrecho de Gibraltar.
Se introduce el siguiente artículo 7 *bis* en la Orden AAA/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (*Pagellus bogaraveo*) con el arte denominado voracera en el Estrecho de Gibraltar.
###### «Artículo 7 bis. Régimen de control.
> Además del régimen de control establecido para las actividades objeto del ámbito de aplicación de esta orden, será de aplicación lo dispuesto en la Orden APA/24/2021, de 19 de enero, por la que se establecen medidas específicas de control para los desembarques de besugo (Pagellus bogaraveo) capturado con artes de palangre, voracera y línea de mano en el mar de Alborán y la zona regulada por la Orden AAA/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (Pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el estrecho de Gibraltar.»
Texto oficial de Control de Desembarques de Besugo en Alborán y Gibraltar (BOE-A-2021-884). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Modificación de la Orden AAA/1589/2012, de 17 de julio, por la que se regula la pesquería del voraz (Pagellus bogaraveo) con el arte denominado voracera en el Estrecho de Gibraltar. — Control de Desembarques de Besugo en Alborán y Gibraltar · BOE Fácil