TÍTULO VI. Obligaciones de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo · CAPÍTULO IV. Comunicaciones comerciales audiovisuales · Sección 2.ª Tipos de comunicaciones comerciales audiovisuales
Artículo 132. Servicios de comunicación comercial audiovisual y catálogos de comunicación comercial audiovisual.
1. Se considera servicio de comunicación comercial audiovisual la programación dedicada en exclusiva a emitir anuncios publicitarios y de televenta.
2. Se considera catálogo de comunicación comercial audiovisual el conjunto de programas que se ofrecen a petición y que incluyen exclusivamente anuncios publicitarios o televenta.
3. Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual tienen derecho a crear servicios de comunicación comercial audiovisual y catálogos de comunicación comercial previstos en el apartado primero y segundo, respectivamente, sin ninguna limitación cuantitativa.
Texto oficial de Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual (BOE-A-2022-11311). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 132. Servicios de comunicación comercial audiovisual y catálogos de comunicación comercial audiovisual. — Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual · BOE Fácil