CAPÍTULO IV. Protección de datos de carácter personal
Disposición final octava. Título competencial.
Esta ley se dicta al amparo de la regla 29.ª del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de seguridad pública.
Las Disposiciones finales cuarta y quinta se dictan al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia sobre Hacienda general y Deuda del Estado.
La Disposición final sexta se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.6.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia sobre legislación penal.
Texto oficial de Ley Orgánica de Uso de Información Financiera contra el Delito (BOE-A-2022-12644). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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