«TÍTULO V. Régimen jurídico de las plataformas de financiación participativa · Sección 1.ª Relativa a las plataformas de financiación participativa armonizadas por el derecho de la Unión Europea
Artículo 48. Registro.
> Las plataformas de financiación participativa serán inscritas en el registro correspondiente de la CNMV. Este registro será público y deberá contener los datos actualizados de la denominación social, dirección de dominio de Internet y domicilio social de la plataforma de financiación participativa, así como la identidad de los administradores y una relación de los socios con participación significativa. La inscripción se practicará una vez otorgada la preceptiva autorización y tras su constitución e inscripción en el registro público que corresponda según su naturaleza.
Texto oficial de Ley de Creación y Crecimiento de Empresas (BOE-A-2022-15818). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 48. Registro. — Ley de Creación y Crecimiento de Empresas · BOE Fácil