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orden · BOE-A-2022-22253

Orden ICT/1281/2022, de 16 de diciembre, por la que se regulan diversos aspectos relacionados con la concesión de apoyo oficial al crédito a la exportación mediante convenios de ajuste recíproco de intereses

Estado
Vigente
Publicación
26/12/2022
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden ICT/1281/2022 regula aspectos relativos a la concesión de apoyo oficial al crédito a la exportación mediante convenios de ajuste recíproco de intereses (CARI), en desarrollo del Real Decreto 677/1993, sustituyendo a la Orden ECC/488/2016. Los CARI cubren el riesgo de tipo de interés asociado a la financiación de exportaciones concedida por entidades financiadoras, que se suscriben con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y deben respetar el Consenso OCDE sobre crédito a la exportación con apoyo oficial cuando resulte aplicable.

A quién afecta: Las entidades financieras concedentes de créditos a la exportación, el Instituto de Crédito Oficial (ICO), la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, y las empresas exportadoras, en particular pequeñas y medianas empresas.

  • El apoyo CARI puede aplicarse a la financiación mediante crédito comprador, operaciones de descuento de crédito suministrador y operaciones de refinanciación de créditos a la exportación (artículo 1.2).
  • El importe máximo de crédito elegible debe cumplir el Consenso OCDE y sus anexos sectoriales, así como las directrices españolas de contenido mínimo aplicadas al seguro de crédito a la exportación (artículo 2.1-2.2).
  • La Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones puede autorizar, motivadamente y con carácter excepcional, coberturas por importe superior para operaciones de especial interés como las de pymes o proyectos verdes o sostenibles (artículo 2.2).
  • El tipo de interés básico a efectos del CARI es el tipo interbancario de la moneda de denominación del crédito, modificable según las circunstancias del mercado (artículo 3.2.a).
  • La orden sustituye a la Orden ECC/488/2016 para simplificar el procedimiento y alinear el instrumento con las últimas actualizaciones del Consenso OCDE y el resto del apoyo financiero oficial a la exportación.
¿Qué es un convenio de ajuste recíproco de intereses (CARI)?

Un convenio suscrito entre entidades financieras y el Instituto de Crédito Oficial que cubre el riesgo de tipo de interés en la financiación de operaciones de exportación, regulado por la Orden ICT/1281/2022.

¿Se puede superar el importe máximo de crédito elegible para apoyo CARI?

Sí, excepcionalmente y sobre base motivada, la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones puede autorizarlo para operaciones de especial interés para la internacionalización, como las de pymes o proyectos verdes o sostenibles (artículo 2.2).

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Convenios de Ajuste Recíproco de Intereses al Crédito a la Exportación · BOE Fácil