Artículo 3. Plazo para la aplicación del procedimiento.
La aplicación del procedimiento se realizará dentro de un plazo de cinco años que se iniciará a la fecha de entrada en vigor de la presente orden.
Texto oficial de Orden EFP/1299/2022, de 21 de diciembre, por la que se establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de atletismo, baloncesto, balonmano, judo y vela, con carácter federativo, previsto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre (BOE-A-2022-23043). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 3. Plazo para la aplicación del procedimiento. — Orden EFP/1299/2022, de 21 de diciembre, por la que se establece el procedimiento de reconocimiento de las formaciones de entrenadores deportivos en las modalidades de atletismo, baloncesto, balonmano, judo y vela, con carácter federativo, previsto en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre · BOE Fácil