TÍTULO VI. Disposiciones financieras · CAPÍTULO II. Disposiciones aplicables a intervenciones en forma de pagos directos
Disposición transitoria tercera. Adaptación de diversos plazos y condiciones para la campaña 2025.
No obstante lo dispuesto en el artículo 108.3, para el año 2025 se admitirán solicitudes de ayuda, solicitudes de asignación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad o de la documentación que las acompaña presentadas hasta el 31 de mayo sin que se aplique la reducción del 1 por ciento por cada día hábil de retraso tras el fin del plazo de presentación de la solicitud única.
> <small>Se añade, con efectos de 1 de mayo de 2025, por la disposición final 1 del Real Decreto 564/2025, de 1 de julio. [Ref. BOE-A-2025-13412](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-13412)</small>
Texto oficial de Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control (BOE-A-2022-23048). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.