TÍTULO II. Normas de comportamiento · CAPÍTULO II. Normas de conducta durante la prestación del servicio
Artículo 46. Conciencia informativa e investigaciones.
1. Transmitirán a sus mandos o a la autoridad que corresponda, las noticias e informaciones que puedan ser útiles para el esclarecimiento de infracciones penales, el mantenimiento de la seguridad ciudadana y la protección del libre el ejercicio de los derechos y libertades.
2. Las investigaciones serán rigurosas, exhaustivas e imparciales y estarán sujetas al principio de legalidad y al control judicial. Al llevar a cabo actuaciones en el seno de una investigación, deberán evitar la injerencia arbitraria en la vida privada de las personas, velando por la reputación de las mismas.
Texto oficial de Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil (BOE-A-2022-3477). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 46. Conciencia informativa e investigaciones. — Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Código de Conducta del personal de la Guardia Civil · BOE Fácil