1. El nombramiento y renovación de los miembros del Comité Ético vinculado a los itinerarios de inclusión social se realizará por el titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a propuesta del titular de la Secretaría General de Objetivos y Políticas Sociales y Previsión Social.
2. El nombramiento como miembro del citado Comité tendrá una duración de cuatro años, renovable por igual periodo de tiempo.
Texto oficial de Comité Ético Vinculado a los Itinerarios de Inclusión Social (BOE-A-2022-4298). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 9. Designación. — Comité Ético Vinculado a los Itinerarios de Inclusión Social · BOE Fácil