orden · BOE-A-2022-4298
Orden ISM/208/2022, de 10 de marzo, por la que se crea el Comité Ético vinculado a los itinerarios de inclusión social
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 18/3/2022
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
Esta orden crea el Comité Ético vinculado a los itinerarios de inclusión social asociados al Ingreso Mínimo Vital, un órgano de consulta y deliberación interdisciplinar adscrito a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, para analizar las cuestiones éticas que surjan en su desarrollo.
A quién afecta: Las personas participantes en los itinerarios de inclusión social vinculados al Ingreso Mínimo Vital, las comunidades autónomas, entidades locales y entidades del Tercer Sector de Acción Social que colaboran en su desarrollo.
- El Comité Ético es un órgano de naturaleza interdisciplinar y funcionalmente independiente, configurado como foro ético de referencia para el análisis y asesoramiento de cuestiones éticas en los itinerarios de inclusión.
- Su finalidad es generar conocimiento y modos de actuación que mejoren la calidad de los itinerarios y el bienestar de las personas participantes, velando por su dignidad, autonomía e intimidad.
- Se adscribe a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, órgano competente en materia de inclusión social.
- Su ámbito de actuación coincide con el de los convenios de desarrollo de los itinerarios de inclusión, en sus fases de diseño, ejecución y evaluación.
- Se enmarca en el Componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con una dotación de 297,95 millones de euros para el período 2021-2023.
¿Qué es el Comité Ético vinculado a los itinerarios de inclusión social?
Un órgano de consulta y deliberación interdisciplinar y funcionalmente independiente, adscrito a la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, que analiza y asesora sobre las cuestiones éticas de los itinerarios de inclusión vinculados al Ingreso Mínimo Vital.
¿Cuál es la finalidad del Comité Ético?
Generar conocimiento y modos de actuación que mejoren la calidad de los itinerarios de inclusión social y el bienestar de las personas participantes, velando por su dignidad, autonomía e intimidad.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Constitución Española (3 menciones)
- Cita a: Comisión de Seguimiento del Ingreso Mínimo Vital (1 menciones)
- Modificada por: Comité Asesor de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social (1 notas)
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