orden · BOE-A-2022-5270
Orden TER/257/2022, de 29 de marzo, por la que se dispone la publicación del Reglamento de la Conferencia de Presidentes
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 2/4/2022
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de Política Territorial
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Orden TER/257/2022 dispone la publicación del nuevo Reglamento de la Conferencia de Presidentes, aprobado por unanimidad en su vigesimosexta reunión de marzo de 2022, actualizando el órgano de diálogo entre el Presidente del Gobierno y los presidentes autonómicos creado en 2004. El nuevo Reglamento introduce la participación por videoconferencia en el Comité preparatorio y, excepcionalmente, en la propia Conferencia, regula por primera vez el procedimiento de elaboración del orden del día, incrementa a dos las reuniones mínimas anuales, y crea una Oficina de apoyo técnico y administrativo encabezada por un Secretario General adscrito al Ministerio competente en cooperación territorial.
A quién afecta: El Presidente del Gobierno, los presidentes de las comunidades autónomas y de las ciudades con Estatuto de Autonomía, el Comité preparatorio de la Conferencia, y el Ministerio competente en materia de cooperación territorial.
- Se admite con carácter general la participación por videoconferencia en las sesiones del Comité preparatorio, y excepcionalmente en la propia Conferencia de Presidentes, condicionada a garantías de identidad y confidencialidad de las deliberaciones.
- El orden del día corresponde al Comité preparatorio, que puede incorporar asuntos propuestos por el Presidente del Gobierno, el Senado, la mayoría de comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de Autonomía, o las Conferencias Sectoriales por unanimidad.
- Los acuerdos se adoptan por consenso de todos los miembros presentes, siempre que asistan dos tercios de los presidentes autonómicos; las recomendaciones, por el Presidente del Gobierno y dos tercios de los presidentes autonómicos presentes.
- Se incrementan a dos las reuniones anuales mínimas de la Conferencia de Presidentes (frente a la reunión anual anterior), y el Comité preparatorio debe reunirse cada seis meses.
- Se crea una Oficina de la Conferencia de Presidentes, encabezada por un Secretario General nombrado por el Comité preparatorio, adscrita al Ministerio de cooperación territorial, que presta apoyo técnico y administrativo sin incremento de gasto público.
¿Se puede participar por videoconferencia en la Conferencia de Presidentes?
Con carácter general en el Comité preparatorio, y excepcionalmente en la propia Conferencia, condicionado a garantías que aseguren la identidad de los participantes y el carácter reservado de las deliberaciones, según el nuevo Reglamento publicado por la Orden TER/257/2022.
¿Cuántas reuniones mínimas al año debe celebrar la Conferencia de Presidentes según el nuevo Reglamento?
Dos reuniones como mínimo al año, frente a la única reunión anual prevista en el Reglamento anterior, además de reuniones del Comité preparatorio cada seis meses.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Citada por: Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del Senado, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994 (2 menciones)
- Citada por: Orden TER/3409/2009, de 18 de diciembre, por la que se dispone la publicación del reglamento interno de la Conferencia de Presidentes (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
- Citada por: Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (2 menciones)
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