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orden · BOE-A-2022-7002

Orden ETD/374/2022, de 25 de abril, por la que se establece el sistema de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros en materia de responsabilidad civil por daños nucleares

Estado
Vigente
Publicación
2/5/2022
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

La Orden ETD/374/2022 establece el sistema de reaseguro a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros para cubrir los riesgos de responsabilidad civil por daños nucleares que el mercado asegurador privado español no puede cubrir por sí solo, en desarrollo de la Ley 12/2011. Cubre los daños personales reclamados entre el décimo y el trigésimo año desde el accidente nuclear, y los cúmulos de riesgo derivados de accidentes en las centrales nucleares de Ascó I y Ascó II.

A quién afecta: El Consorcio de Compensación de Seguros, las entidades aseguradoras autorizadas a operar en España que suscriban pólizas de responsabilidad civil nuclear, y los explotadores de instalaciones nucleares, en particular las centrales nucleares de Ascó I y Ascó II.

  • El régimen de reaseguro se aplica a las pólizas con fecha de efecto desde el 1 de enero de 2022 que cubran accidentes nucleares en España o en transporte de sustancias nucleares por operador español (artículo 2.1).
  • El Consorcio actúa como reasegurador y las entidades aseguradoras autorizadas, individualmente o agrupadas, como cedentes que solicitan la adhesión al programa (artículo 2.2).
  • El Consorcio asume la cobertura de los daños personales reclamados a partir del décimo año y hasta el trigésimo año desde el accidente nuclear (artículo 4.1).
  • También asume los daños por cúmulo de riesgos de las centrales nucleares de Ascó I y Ascó II, hasta 1.200 millones de euros por póliza con un máximo de 300 millones de euros por póliza (artículo 4.2).
  • La Ley 12/2011 elevó el límite mínimo obligatorio de responsabilidad civil de los explotadores nucleares de 700 a 1.200 millones de euros, motivando este sistema de reaseguro complementario.
¿Qué daños cubre el reaseguro del Consorcio de Compensación de Seguros en materia nuclear?

Los daños personales reclamados entre el décimo y el trigésimo año desde el accidente nuclear, y los daños por cúmulo de riesgos de las centrales nucleares de Ascó I y Ascó II, hasta 1.200 millones de euros por póliza (artículo 4 de la Orden ETD/374/2022).

¿Por qué fue necesario crear este sistema de reaseguro?

Porque la Agrupación de Interés Económico Aseguradores de Riesgos Nucleares (ARN) comunicó al Consorcio la falta de capacidad técnica y económica del mercado asegurador para cubrir por sí solo los daños de manifestación diferida y los cúmulos de riesgo tras la elevación del límite de responsabilidad por la Ley 12/2011.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Reaseguro del Consorcio de Compensación de Seguros para Daños Nucleares · BOE Fácil