TÍTULO V. De los permisos · CAPÍTULO I. De las clases de permisos
Artículo 97. Otros permisos por causas justificadas.
También se autorizarán permisos por las siguientes causas, previa justificación de los motivos que las originan:
a) Por traslado de domicilio sin cambio de residencia, de un día.
b) Para concurrir a exámenes y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en Centros Oficiales, durante los días de su celebración.
c) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal.
d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber relacionado con la conciliación de la vida familiar y laboral.
Texto oficial de Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal (BOE-A-2022-7184). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 97. Otros permisos por causas justificadas. — Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal · BOE Fácil