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orden · BOE-A-2023-14735

Orden TED/646/2023, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular

Estado
Vigente
Publicación
22/6/2023
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden establece los criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de productos plásticos dejan de tener la consideración de residuo, conforme a la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

A quién afecta: Productores, importadores, comerciantes y gestores de residuos plásticos que intervienen en el reciclado de material termoplástico.

  • El material plástico reciclado deja de ser residuo cuando sale de las instalaciones del productor con destino al poseedor y cumple los criterios establecidos en la orden.
  • El material reciclado destinado a materiales en contacto con alimentos debe cumplir además el Reglamento (UE) 2022/1616 sobre plástico reciclado destinado a ese uso.
  • El productor o el importador deben expedir, para cada envío de material que ha dejado de ser residuo, una declaración de conformidad conforme al modelo del anexo III.
  • El productor debe implantar un sistema de gestión documentado que demuestre el cumplimiento de los criterios de fin de la condición de residuo.
¿Cuándo deja de ser residuo el material plástico reciclado según esta orden?

Cuando sale de las instalaciones del productor con destino al poseedor y cumple los criterios técnicos establecidos en la orden.

¿Qué documento debe acompañar a cada envío de material plástico reciclado?

Una declaración de conformidad expedida por el productor o el importador, según el modelo del anexo III de la orden.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Fin de la Condición de Residuo de Termoplásticos Reciclados · BOE Fácil