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orden · BOE-A-2023-14825

Orden INT/656/2023, de 19 de junio, por la que se desarrolla el Real Decreto 175/2022, de 4 de marzo, por el que se desarrollan los derechos de las asociaciones profesionales de guardias civiles, de sus representantes y de los miembros del Consejo de la Guardia Civil elegidos en representación de los miembros del Cuerpo

Estado
Vigente
Publicación
23/6/2023
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio del Interior

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden desarrolla el Real Decreto 175/2022, regulando el procedimiento para que las asociaciones profesionales de guardias civiles presenten candidaturas y elijan representantes en órganos de participación y representación, incluido el Consejo de la Guardia Civil, así como el uso del crédito de tiempo de los representantes y el acceso a espacios y reuniones en centros oficiales del Cuerpo.

A quién afecta: Las asociaciones profesionales de guardias civiles, sus representantes, y los miembros del Consejo de la Guardia Civil elegidos en representación de los miembros del Cuerpo.

  • Regula el procedimiento de presentación de candidaturas de las asociaciones profesionales para elegir representantes en órganos de participación o representación.
  • Establece el sistema de voto ponderado de las asociaciones profesionales en función de votos obtenidos en elecciones, representación en el Consejo y número de vocales por escala.
  • La duración de la representación es de dos años, y los representantes continúan en el cargo hasta que se efectúe una nueva designación.
  • Regula el derecho de las asociaciones profesionales a disponer de espacios para anuncios y comunicaciones, y a celebrar reuniones en centros oficiales de la Guardia Civil.
  • Modifica la Orden INT/985/2005 sobre delegación de atribuciones y la Orden PRE/266/2015 sobre el Informe Personal de Calificación del Guardia Civil.
¿Qué regula esta orden sobre las asociaciones profesionales de guardias civiles?

El procedimiento para presentar candidaturas y elegir representantes en órganos de participación o representación, incluido el Consejo de la Guardia Civil, así como el uso del crédito de tiempo de los representantes y el acceso a espacios y reuniones en centros oficiales.

¿Cuánto dura la representación de una asociación profesional una vez elegida?

Dos años, y los representantes designados pueden continuar representando a las asociaciones hasta que se efectúe una nueva designación.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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