CAPÍTULO VI. Régimen económico y financiero · Sección 1.ª Régimen de contratación y convenios
Artículo 29. Convenios.
1. La FNMT-RCM, en el cumplimiento de sus funciones y competencias, podrá formalizar convenios con entidades públicas o privadas para el mejor cumplimiento de sus funciones y competencias y de conformidad con los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
2. La competencia para la aprobación de convenios reside en la persona titular de la Dirección General, informando de su formalización al Consejo Rector.
Texto oficial de Real Decreto 51/2023, de 31 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio (BOE-A-2023-2628). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 29. Convenios. — Real Decreto 51/2023, de 31 de enero, por el que se aprueba el Estatuto de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio · BOE Fácil