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CAPÍTULO V. Personas al servicio de la cooperación al desarrollo sostenible · Sección 1.ª Personal al servicio de la Administración General del Estado y del sector público institucional en el ámbito de la cooperación para el desarrollo sostenible

Artículo 43. Régimen jurídico del personal de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

Texto oficial de Ley de Cooperación para el Desarrollo Sostenible (BOE-A-2023-4512). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.