CAPÍTULO IV. Órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión del INGESA
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 21 de febrero de 2023.
**FELIPE R.**
**El Ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes**
**y Memoria Democrática,**
FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA
Texto oficial de Real Decreto de Organización del INGESA (BOE-A-2023-4653). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Entrada en vigor. — Real Decreto de Organización del INGESA · BOE Fácil