La presente orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª y 2.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales; así como sobre nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo.
Texto oficial de Reconocimiento de Méritos en Inclusión y Migraciones (BOE-A-2023-6188). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Título competencial. — Reconocimiento de Méritos en Inclusión y Migraciones · BOE Fácil