CAPÍTULO II. Políticas activas de información y protección de las personas consumidoras · Sección 1.ª La persona responsable del juego seguro, el plan de medidas activas y las obligaciones de formación
Artículo 7. El plan de medidas activas de juego seguro.
Los operadores, en los términos previstos en los artículos 8.1 y 10.2 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, deben elaborar un plan de medidas activas de juego seguro que formará parte del plan operativo al que se someterá su actividad y en el que se concretará de forma expresa la implementación que el operador realiza del conjunto de medidas que se establecen en este real decreto. Dicho plan deberá estar permanentemente actualizado y a disposición de la autoridad encargada de la regulación del juego.
Texto oficial de Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, por el que se desarrollan entornos más seguros de juego (BOE-A-2023-6735). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. El plan de medidas activas de juego seguro. — Real Decreto 176/2023, de 14 de marzo, por el que se desarrollan entornos más seguros de juego · BOE Fácil