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TÍTULO VIII. Normas de conducta · CAPÍTULO I. Normas de conducta aplicables a quienes presten servicios de inversión · Sección 8.ª Gestión y ejecución de las órdenes de la clientela

Artículo 221. Deber de informar anualmente sobre los principales centros de ejecución.

Texto oficial de Ley de los Mercados de Valores de 2023 (BOE-A-2023-7053). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 221. Deber de informar anualmente sobre los principales centros de ejecución. — Ley de los Mercados de Valores de 2023 · BOE Fácil