TÍTULO IX. Régimen de supervisión, inspección y sanción · CAPÍTULO III. Régimen sancionador · Sección 2.ª Infracciones · Subsección 2.ª Infracciones muy graves y graves
Artículo 296. Infracciones relativas a las agencias de calificación crediticia reguladas por esta ley y el Reglamento (CE) n.º 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las agencias de calificación crediticia.
1. Son infracciones los siguientes incumplimientos de esta ley y del Reglamento (CE) n.º 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009:
a) El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el artículo 5 bis del Reglamento (CE) n.º 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009.
b) La falta de remisión por las agencias de calificación crediticia a la CNMV, de cuantos datos o documentos deban aportársele de acuerdo con esta ley y el Reglamento (CE) n.º 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, o esta les requiera en el ejercicio de las funciones que le sean asignadas en régimen de delegación o de cooperación con otras autoridades competentes, así como la remisión de información a la CNMV con datos inexactos.
2. Las infracciones previstas en el apartado anterior se considerarán muy graves o graves atendiendo a los siguientes criterios:
a) La infracción recogida en la letra a) se considerará muy grave cuando el incumplimiento no sea meramente ocasional o aislado, y grave cuando el incumplimiento sea ocasional, aislado o su aplicación deficiente.
b) La infracción recogida en la letra b) se considerará muy grave cuando con ello se dificulte la apreciación de la organización o funcionamiento de la entidad o de la forma de ejercicio de sus actividades, y grave cuando no concurra esta circunstancia.
Texto oficial de Ley de los Mercados de Valores de 2023 (BOE-A-2023-7053). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 296. Infracciones relativas a las agencias de calificación crediticia reguladas por esta ley y el Reglamento (CE) n.º 1060/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, sobre las agencias de calificación crediticia. — Ley de los Mercados de Valores de 2023 · BOE Fácil