real decreto · BOE-A-2023-7412
Real Decreto 188/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueba el formulario del boletín estadístico de rendición de cuentas de la administración concursal
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 22/3/2023
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
El Real Decreto 188/2023 aprueba el formulario del boletín estadístico de rendición de cuentas que el administrador concursal debe presentar junto con el escrito de rendición de cuentas de cada concurso, para recopilar datos sobre retribuciones, medios empleados y características del procedimiento que sirvan de base a la futura cuenta de garantía arancelaria.
A quién afecta: Administradores concursales, Letrados de la Administración de Justicia y el Registro Público Concursal, que centraliza los datos con fines estadísticos.
- El artículo 1 aprueba el formulario en desarrollo de la disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020).
- El artículo 2.1 obliga al administrador concursal a presentar el formulario junto con el escrito de rendición de cuentas, bastando la firma de uno solo si hay varios administradores.
- El artículo 2.2 y 2.3 encomiendan al Letrado de la Administración de Justicia comprobar que el formulario se ha cumplimentado y remitirlo, en formato electrónico, al Registro Público Concursal.
- El artículo 3 declara que los datos del boletín, por su carácter estadístico e instrumental, no son accesibles públicamente.
- El preámbulo detalla que los datos recogidos incluyen la retribución total fijada y percibida por la administración concursal, el número de trabajadores y horas dedicadas, y si el concurso presenta insuficiencia de masa.
¿Quién debe rellenar este boletín estadístico y cuándo?
El administrador concursal, al presentar el escrito de rendición de cuentas de cada concurso; si hay varios administradores basta con que lo firme uno (artículo 2.1).
¿Son públicos los datos de este formulario?
No: el artículo 3 declara expresamente que los datos, por su carácter estadístico e instrumental, no son accesibles públicamente.
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley Concursal (6 menciones)
- Cita a: Comité Técnico Estatal de la Administración Judicial Electrónica (1 menciones)
- Cita a: Constitución Española (1 menciones)
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