CAPÍTULO IV. Medidas de acción positiva y establecimiento de apoyos complementarios
Disposición final quinta. Modificación mediante orden ministerial de las especificaciones técnicas de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación.
Podrá aprobarse por orden ministerial la actualización de las especificaciones técnicas de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público, determinadas en este real decreto.
Texto oficial de Accesibilidad y No Discriminación de Personas con Discapacidad (BOE-A-2023-7417). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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