Artículo 15. Normas de evaluación, progreso y permanencia.
1. Las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil se regirán por lo dispuesto en el título II de la Orden PCI/978/2018, de 20 de septiembre.
2. El alumnado deberá superar el proceso de formación en un plazo máximo de tres cursos académicos, excepto cuando no supere por segunda vez, la materia de instrucción y adiestramiento o de Formación física correspondiente a ese curso por lesión o enfermedad, en cuyo caso podrá incrementarse dicho plazo en un curso más.
Texto oficial de Currículo de Ingreso Directo con Titulación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil (BOE-A-2023-7660). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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