Disposición adicional tercera. Supresión de órganos.
Se suprimen los siguientes órganos con rango de dirección general y subdirección general:
a) La Subdirección General de Seguimiento Económico de la Seguridad Social.
b) La Dirección General de Migraciones.
c) La Subdirección General de Emergencias y Centros de Migraciones.
d) La Subdirección General de Programas de Protección Internacional.
e) La Subdirección General de Centros del Sistema de Acogida.
f) El Gabinete Técnico de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.
g) La Subdirección General de Gestión y Coordinación de Flujos Migratorios.
h) La Subdirección General de Análisis Migratorio.
i) La Subdirección General de Gestión Económica y Fondos Europeos.
Texto oficial de Real Decreto 501/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE-A-2024-10237). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.