CAPÍTULO II. Complemento de productividad · Sección 4.ª Productividad por objetivos
Artículo 13. Retribución de la productividad por objetivos.
1. La retribución de cualquiera de las modalidades de productividad por objetivos es independiente de la productividad estructural y compatible con la compensación por gratificaciones por servicios extraordinarios.
2. El personal de las Fuerzas Armadas y el personal funcionario civil que estén incluidos en el ámbito de aplicación, podrán ser perceptores de la productividad por objetivos.
Texto oficial de Incentivos al Rendimiento del Personal de la Guardia Civil (BOE-A-2024-12810). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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