CAPÍTULO VII. Procesos selectivos de acceso a las plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional
Artículo 56. Definición del proceso selectivo.
1. El acceso a las plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional se efectuará por el procedimiento de concurso-oposición.
2. El proceso selectivo estará compuesto por las fases de oposición, concurso, curso de especialización y módulo de formación práctica en puesto de trabajo.
3. Para ser declaradas aptas y nombradas por la persona titular de la Secretaría de Estado de Seguridad, personal facultativo o técnico de la Policía Nacional, las personas aspirantes habrán de superar íntegramente todas las fases, pruebas y ejercicios del proceso selectivo, en los términos previstos en el artículo 29 del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
Texto oficial de Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre (BOE-A-2024-12811). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.