TÍTULO II. Funcionamiento de la Abogacía General del Estado · CAPÍTULO I. Régimen de la función consultiva desarrollada por la Abogacía General del Estado
Artículo 58. Forma de los informes.
Texto oficial de Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado (BOE-A-2024-21123). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
