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TÍTULO I. Organización de la Abogacía General del Estado · CAPÍTULO III. Disposiciones relativas al personal de la Abogacía General del Estado · Sección 2.ª Disposiciones relativas al Cuerpo de Abogados del Estado

Artículo 53. Expediente personal.

Texto oficial de Reglamento de la Abogacía General del Estado (BOE-A-2024-21123). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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