1. La Comisión Interministerial de Voluntariado se configura como un órgano colegiado, de acuerdo con los artículos 20 y 21 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de naturaleza interministerial y de carácter consultivo, adscrito al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.
2. La Comisión Interministerial de Voluntariado tiene por finalidad coordinar la actuación de los departamentos ministeriales con competencias sobre el voluntariado.
Texto oficial de Real Decreto 1061/2024, de 15 de octubre, por el que se regula la Comisión Interministerial de Voluntariado (BOE-A-2024-21127). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Naturaleza y fines. — Real Decreto 1061/2024, de 15 de octubre, por el que se regula la Comisión Interministerial de Voluntariado · BOE Fácil