BOE Fácil — Leyes explicadas para todosBOE Fácil — Legislación española, explicada
BOE Fácil — Leyes explicadas para todos

orden · BOE-A-2024-22444

Orden TED/1191/2024, de 24 de octubre, por la que se regulan los sistemas electrónicos de control de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua, los retornos y los vertidos al dominio público hidráulico

Estado
Vigente
Publicación
31/10/2024
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Esta orden regula los sistemas electrónicos de control de los volúmenes de agua captados, retornados y vertidos al dominio público hidráulico, sustituyendo a la pionera Orden ARM/1312/2009 en el marco del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) de digitalización del ciclo del agua. Sustituye la anotación en libros de papel por el envío electrónico de la información a las Confederaciones Hidrográficas.

A quién afecta: Los titulares de aprovechamientos de agua, retornos y vertidos al dominio público hidráulico de las cuencas gestionadas por la Administración General del Estado, las Confederaciones Hidrográficas, y las Entidades Colaboradoras de la Administración Hidráulica (ECAH) que certifican los sistemas de medición.

  • Todos los titulares de aprovechamientos de agua deben instalar y mantener un sistema de control volumétrico que mida los volúmenes captados, con un sistema de registro y almacenamiento, certificado tanto en su instalación inicial como en revisiones periódicas.
  • Las captaciones se dividen en dos tipos según su régimen técnico: mediante tubería a presión (sin contacto con la atmósfera) o con circulación en lámina libre (canales y acequias en contacto directo con la atmósfera).
  • La transmisión electrónica de datos es obligatoria con carácter general para las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, mientras que las personas físicas titulares de pequeños aprovechamientos pueden elegir el medio, aunque deben cumplir los mismos requisitos de información.
  • Los titulares de aprovechamientos con presa y embalse deben transmitir la información de forma electrónica en todo caso, por su capacidad económica y técnica presumida y por las exigencias de seguridad de este tipo de infraestructuras.
  • La orden también regula el control de los vertidos por desbordamiento del sistema de saneamiento en episodios de lluvia, exigiendo elementos que permitan estimar el volumen y, en su caso, los parámetros de calidad de cada evento.
¿A quién obliga esta orden a instalar sistemas de control volumétrico?

A todos los titulares de aprovechamientos de agua del dominio público hidráulico gestionado por la Administración General del Estado, con obligación de transmisión electrónica de datos con carácter general para personas jurídicas y opcional para personas físicas.

¿Qué orden sustituye esta nueva regulación?

Sustituye a la Orden ARM/1312/2009, pionera en la regulación del control de volúmenes de agua, actualizándola con las novedades técnicas en sistemas de medición y en el marco del PERTE de digitalización del ciclo del agua.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

Normas relacionadas

Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.

Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.