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CAPÍTULO III. Garantías y deberes de la asistencia jurídica en el derecho de defensa · Sección 2.ª De los deberes de la abogacía

Artículo 19. Deberes de actuación de los profesionales de la abogacía.

Texto oficial de Ley Orgánica del Derecho de Defensa (BOE-A-2024-23630). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

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