TÍTULO I. Programa de Renovación del parque circulante afectado por las inundaciones de octubre y noviembre de 2024 (PLAN REINICIA AUTO +)
Artículo 6. Vigencia del PLAN REINICIA AUTO + y plazos para la presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda en cualquiera de las dos secciones indicadas en el artículo 2.2 comenzará el día de activación del sistema telemático de gestión de ayudas del Programa y se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2025 o hasta que se agoten los presupuestos establecidos en las correspondientes convocatorias, si se produce con anterioridad, salvo lo previsto en el apartado 7 del artículo 5.
2. La fecha y hora de activación del sistema telemático de gestión de ayudas se establecerá por resolución de la persona titular de la Secretaría de Estado de Industria y será publicada a través del portal de ayudas del Ministerio de Industria y Turismo.
> <small>Se modifica por la disposición final 4.2 del Real Decreto-ley 12/2025, de 28 de octubre. [Ref. BOE-A-2025-21725](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-21725)</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. único.2 de la Orden ITU/658/2025, de 20 de junio. [Ref. BOE-A-2025-12836](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-12836)</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley del Programa de Renovación de Vehículos tras la DANA (BOE-A-2024-24840). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.