TÍTULO I. Programa de Renovación del parque circulante afectado por las inundaciones de octubre y noviembre de 2024 (PLAN REINICIA AUTO +)
Artículo 7. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento de concesión y órgano responsable del seguimiento de las subvenciones.
1. El órgano competente para ordenar e instruir los procedimientos de concesión será la Dirección General de Programa Industriales del Ministerio de Industria y Turismo.
2. El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de ayudas será la Secretaría de Estado de Industria.
3. A efectos de lo previsto en el artículo 88.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el órgano encargado del seguimiento de las ayudas será la Dirección General de Programas Industriales del Ministerio de Industria y Turismo.
Texto oficial de Real Decreto-ley del Programa de Renovación de Vehículos tras la DANA (BOE-A-2024-24840). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento de concesión y órgano responsable del seguimiento de las subvenciones. — Real Decreto-ley del Programa de Renovación de Vehículos tras la DANA · BOE Fácil