Artículo 49. Recurso de reposición y de revisión. Petición de aclaración, subsanación y complemento.
1. El profesional de la Procura percibirá por la formulación y por la impugnación del recurso de reposición y del recurso de revisión como máximo la cantidad de 30,09 euros.
2. Percibirá por la petición de aclaración, subsanación y complemento de resoluciones judiciales y procesales y judiciales como máximo la cantidad de 30,09 euros.
Texto oficial de Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura (BOE-A-2024-8706). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 49. Recurso de reposición y de revisión. Petición de aclaración, subsanación y complemento. — Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura · BOE Fácil