Disposición transitoria primera. Subsistencia de unidades y puestos de trabajo.
Las unidades y puestos de trabajo de nivel orgánico inferior a subdirección general, encuadrados en el órgano suprimido, continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios, hasta que se aprueben o modifiquen las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la estructura orgánica de este real decreto, pasando a depender, provisionalmente, de la Subdirección General de Auditoría Pública y Control de Subvenciones y Ayudas del sistema de la Seguridad Social y de la Subdirección General de Control Financiero Permanente del sistema de la Seguridad Social.
Dicha adaptación en ningún caso supondrá incremento de gasto público.
Texto oficial de Real Decreto 412/2025, de 27 de mayo, por el que se determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social (BOE-A-2025-10493). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.