Disposición transitoria segunda. Asunción progresiva de determinadas funciones.
Las funciones atribuidas a la Subdirección General de Organización, Planificación y Gestión de Recursos en el artículo 10.e) serán asumidas progresivamente en la medida que se disponga de los créditos presupuestarios y de los medios materiales y personales para ello. Hasta la total asunción de las mismas, con carácter transitorio, se continuarán asumiendo por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Texto oficial de Real Decreto 412/2025, de 27 de mayo, por el que se determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social (BOE-A-2025-10493). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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