«ANEXO III. Asignación inicial de los complementos específicos · Servicios no jurisdiccionales
Disposición final sexta. Facultades de desarrollo.
Se faculta a la persona titular del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a que adopte, previo cumplimiento de los trámites legales oportunos, las medidas que sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente real decreto, mediante orden ministerial.
Texto oficial de Real Decreto 530/2025, de 24 de junio, por el que se adoptan las disposiciones organizativas y estatutarias del personal de la Administración de Justicia necesarias para implementar en las Oficinas judiciales y en las Oficinas de Justicia en los municipios el modelo de organización judicial establecido por la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (BOE-A-2025-12861). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.